Declaración Renta 2025 - Parte I

Novedades que debes conocer

 

Buenos días,

Hoy ya se pueden consultar los datos fiscales de la renta y, a partir del día 8 de abril, comienza la campaña de la Renta 2025.

Durante estas semanas compartiré una sección especial con novedades y claves prácticas para que entiendas bien qué está pasando este año.

Además, ya hemos abierto la agenda para gestionar declaraciones.

Si quieres hacerlo con nosotros, puedes apuntarte aquí: https://forms.gle/VLJNdxgPRSGgKQp5A

Trabajamos con un cupo limitado de plazas, para poder mantener la calidad y el nivel de análisis en cada caso.

Por ello, la asignación se realizará por orden de llegada y entrega de la documentación.

Una vez completes el formulario, recibirás un correo de confirmación de plaza.
Si no, pasarás automáticamente a lista de espera.

 

Vamos con algunas novedades importantes:

1. Nueva deducción para rentas bajas del trabajo

Si tus ingresos del trabajo no superan los 18.276 € brutos anuales, existe una nueva deducción que opera directamente sobre la cuota.

Esto es dinero que se resta directamente de lo que pagas en el impuesto (es decir, la cuota).

¿Cómo funciona?

· Si ganas hasta 16.576 €: deducción de cantidad fija de 340 €.

· Entre 16.576 € y 18.276 €: la deducción baja progresivamente.

 Requisito: no tener otras rentas (distintas del trabajo) superiores a 6.500 € (ojo a esto).

Por tanto, personas que reciben un salario bajo, y asumían que no le tocaba presentar la declaración de la renta, este año puede significar recupera dinero.

2.  Subida del tipo máximo de la base del ahorro -> del 28% al 30%.

Para bases del ahorro superiores a 300.000 €, el tipo marginal máximo pasa del 28% al 30%.

Esto afecta tanto a: la venta de acciones, cripto, participaciones, inmuebles; dividendos, intereses de cuentas remuneradas…

¿Cuándo empieza a aplicar el 30%?

No es sobre el total de la ganancia SINO sobre lo que excede de 300.000 €.

Si estás planteándote vender acciones y dar ganancias, puedes repartir la ganancia (venta) en varios años.

3. Obligación de declarar actualizada.

Los límites para saber si estás obligado a presentar la Renta 2025 se han MODIFICADO ligeramente.

Situación para trabajadores:

· Si hay un solo pagador: estás obligado si superas 22.000 € brutos.

· Si hay dos o más pagadores: obligado si superas 15.876 € brutos (siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere los 2.500 €).

La cuestión de los pagadores hay que analizarla bien.

Además, puedes estar obligado a declarar por otras situaciones, aunque no alcances esos importes. Por ejemplo:

  • Si eres autónomo (con carácter general)

  • Si has obtenido dividendos, intereses o ganancias patrimoniales relevantes

  • Si has tenido pérdidas patrimoniales superiores a 500 €

  • Si tienes inmuebles que generan imputación de renta (ganancia ficticia por estar los pisos vacíos, sin alquilar)

 Hoy en día es cada vez más habitual tener varias fuentes de ingresos, y eso cambia completamente la obligación de declarar.

No presentar cuando estás obligado puede implicar sanciones, incluso aunque el resultado de la declaración sea a devolver.

 Un abrazo

Este post se genera solo con fines informativos y educativos y no sustituye un asesoramiento fiscal y legal de ningún tipo. https://fiscalcriptobtl.com/